Antes de partir hacia Costa Rica, deberá ver si necesita o no una visa. Por suerte para usted, su política de visas es bastante indulgente, pero contiene restricciones para algunas nacionalidades, es decir, los ciudadanos de África, Oriente Medio y Asia a menudo necesitan que su visa sea aprobada por la Comisión de Visas Restringidas. Sin embargo, muchos países del mundo están exentos de visa y sus ciudadanos pueden permanecer en Costa Rica hasta por 90 días.
Según el departamento de inmigración de Costa Rica, hay 4 grupos diferentes de países internacionales que tienen 4 requisitos de visa diferentes para que sus ciudadanos ingresen, visiten y permanezcan en Costa Rica. Los ciudadanos del primer y segundo grupo de países no requieren una visa de Costa Rica. Recibirán una visa a la llegada y obtendrán un sello de entrada en su pasaporte.
El primer grupo. Los ciudadanos del primer grupo de países no requieren una visa de Costa Rica. Deben tener un pasaporte válido y llegar a Costa Rica con un boleto de regreso que demuestre que saldrán del país dentro del período de visa de turista, generalmente otorgado por 90 días a su llegada a Costa Rica.
El primer grupo de países son:
Andorra, Argentina, Australia, Austria, Bahamas, Barbados, Bélgica, Brasil, Bulgaria, Canadá, Croacia, República Checa, Chile, Chipre, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Francia, Alemania, Hungría, Irlanda, Islandia, Israel, Italia, Japón , Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, México, Mónaco, Montenegro, Países Bajos, Irlanda del Norte, Noruega, Nueva Zelanda, Panamá, Paraguay, Polonia, Portugal, Puerto Rico, República de Corea del Sur, San Marino, Serbia, Sur África, Eslovaquia, Eslovenia, España, Reino Unido, Estados Unidos.
El segundo grupo. Los ciudadanos del segundo grupo de países no requieren visa. Deben tener un pasaporte válido con al menos tres meses restantes y llegar a Costa Rica con un boleto de regreso que demuestre que saldrán del país dentro del tiempo estipulado en la visa. La duración de la visa de turista otorgada queda a discreción de los funcionarios de inmigración en el punto de entrada a Costa Rica, pero generalmente se otorga por una estadía de 90 días.
El segundo grupo de países:
Antigua, Barbados, Belice, Bolivia, El Salvador, Fiji, Granada, Guatemala, Guyana, Honduras, Islas Marianas, Islas Marshall, Islas Salomón, Kiribati, Maldivas, Mauricio, Micronesia, Nauru, Palau, Filipinas, el Reino de Tonga, Rusia , Samoa, San Cristóbal y Nieves, San Vicente y las Granadinas, Santa Lucía, Santo Tomé, Seychelles, Surinam, Tuvalu, Turquía, Vanuatu.
El tercer grupo. Los ciudadanos del tercer grupo de países requieren una visa. La solicitud de una visa de Costa Rica restringida debe dirigirse a la Comisión de Visas Restringidas. La solicitud debe ser admitida por el solicitante y su familiar que reside en Costa Rica o, de hecho, su abogado. Se debe indicar la relación con el solicitante, así como las calificaciones. La documentación debe ser autenticada por un abogado acreditado para dichos fines. La duración de la visa de turista otorgada queda a discreción del funcionario de inmigración que otorga la visa de entrada a Costa Rica, pero generalmente se otorga para una estadía de 30 días, pero puede ser de hasta 90 días.
Los ciudadanos de los terceros grupos deben consultar con un consulado costarricense antes de viajar a Costa Rica.
El tercer grupo de países:
Albania, Angola, Arabia Saudita, Argelia, Armenia, Azerbaiyán, Bahrein, Benin, Bielorrusia, Bosnia y Herzegovina, Botswana, Brunei-Darussalam, Burkina Faso (Alto Volta), Burundi, Bután, Cabo Verde, Camboya, Camerún, Colombia, Marfil Costa, Comoras, Chad, Ecuador, Egipto, Emiratos Árabes Unidos, Gabón, Gambia, Georgia, Ghana, Guinea, Guinea-Bissao, Malasia, Guinea Ecuatorial, India, Indonesia, Jordania, Kazajstán, Kenia, Kirguizistán, Kosovo, Kuwait, Lesoto , Liberia, Libia, Líbano, Madagascar, Malawi, Malí, Marruecos, Mauritania, Moldavia, Mongolia, Mozambique, Namibia, Nepal, Nicaragua, Níger, Nigeria, Omán, Pakistán, Parua Nueva Guinea, Perú, Qatar, República Árabe Saharaui (Sahara Oeste), República Centroafricana, China, República de Macedonia, República del Congo, República Democrática del Congo, República Democrática Popular Laos, República Dominicana, Ruanda, Senegal, Sierra Leona, Sudán del Norte, Sudán del Sur, Suazilandia, Tailandia, Taiwán, Tanzania, Tayikistán, Timor Oriental, Togo, Túnez, Turkmenistán, Ucrania , Uganda, Uzbekistán, Vietnam, Yemen, Yibuti, Zambia, Zimbabwe.
El cuarto grupo. Los ciudadanos del cuarto grupo de países deben obtener una visa de un consulado costarricense antes de viajar a Costa Rica. Raramente se otorgarán visas a menos que sea para un menor o mayor con una discapacidad o cónyuge o padres para la reunificación familiar. La solicitud de una visa restringida debe ser dirigida a la Comisión de Visas Restringidas, por el solicitante y su pariente que reside en Costa Rica o su abogado, indicando sus cualidades y la relación con el solicitante, e incluir la siguiente información y documentación autenticada por un abogado debidamente acreditado para dichos fines.
El cuarto grupo de países:
Afganistán, Bangladesh, Cuba, Eritrea, Etiopía, Haití, Irán, Iraq, Jamaica, Myanmar (Birmania), Palestina, Siria, Corea del Norte, Somalia, Sri Lanka.
Dependiendo de dónde sea, los requisitos de visa pueden ser diferentes.
La visa de Costa Rica cuesta 30,000 CRC, y el proceso de solicitud puede tomar alrededor de 90 días.